09/10/2015 | Aire Acondicionado Calefacción | Comentarios: 0

La tabla se refiere sólo al ámbito doméstico, a instalaciones individuales y aparatos instalados dentro de las viviendas (se excluyen las calderas centrales o agua caliente central).

 

Asimismo, se han separado por un lado las operaciones a realizar en las instalaciones de gas (en función de que el gas sea canalizado o en depósito y botellas) y las operaciones a realizar en equipos (calderas, calentadores y aire acondicionado).

 

Finalmente, se tratan de aclarar los conceptos relativos a inspecciones, revisiones y mantenimientos, así como referencia la normativa que regula las diferentes operaciones.

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